Proveedor de Suministro de Combustible

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En la ciudad de Hidalgo del Parral, Chihuahua, siendo las 11:30 horas del día 08 de enero del 2026, se da inicio a la sesión del Comité.

Asistentes

Se encuentran presentes los ciudadanos:

  • Ing. Martín Ricardo Flores Moya, Oficial Mayor.
  • Lic. Eduardo Ramón Medrano Barraza, en representación del Tesorero Municipal.
  • Lic. César Homero Armendáriz Chávez, Regidor de la Comisión de Hacienda.

Acompañados por:

  • Lic. María Teresa Triana Reyes, en representación del Asesor Jurídico.
  • Lic. Manuel Antonio Hernández González, Secretario Técnico.
  • Lic. Dalila Cliceria Villalobos Villalobos, Síndica Municipal.

Orden del Día

  1. Lista de asistencia y declaración, en su caso, del quórum.
  2. Lectura del orden del día y aprobación.
  3. Aprobación para proveedor de suministro de combustible teniendo como único oferente a Servicio San Uriel S.A. de C.V.

Detalles de la Propuesta Aprobada

  • Proveedor: Servicio San Uriel S.A. de C.V.
  • Monto Máximo: $5,800,000.00 (Cinco millones ochocientos mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido.
  • Monto Mínimo: $3,480,000.00 (Tres millones cuatrocientos ochenta mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido.
  • Crédito: 60 días naturales a partir de la facturación.
  • Punto de Suministro: Avenida Niños Héroes, Km 1.3.

Investigación de Mercado y Excepción a Licitación

De acuerdo al dictamen OM-COMB-01/26 de excepción a la licitación pública bajo la modalidad de adjudicación directa realizado por el Ing. Martín Ricardo Flores Moya, y conforme al Artículo 28 del reglamento, se enviaron invitaciones a cotizar. Transcurrido el plazo de 5 días hábiles, se obtuvo el siguiente resultado:

Concepto Proveedor Resultado
Suministro de Combustible Gasolinera Servicio San Uriel S.A. de C.V. Positivo. Presentó cotización, sistema de control y aceptó condiciones de crédito.
Gasolinera Bellavista Negativo. No presentó respuesta (Art. 28 Reglamento).
Gasolinera Servicio Perisur Del Real S.A. de C.V. Negativo. No presentó respuesta (Art. 28 Reglamento).

Fundamento Legal y Fallo

El procedimiento de contratación es mediante Adjudicación Directa de acuerdo al Artículo 73, Fracción I, de la Ley de Adquisiciones, y Artículo 74 Fracción I inciso a) del Reglamento. Toda vez que es el único oferente, se aprueba por unanimidad.

Artículo 74. […] Por regla general para acreditar que en el mercado sólo existe un posible oferente… se deberá realizar una investigación de mercado… a) El mercado de gasolinas, gas automotriz y diésel, cada empresa expendedora de combustible es un oferente único.”

Cierre del Acta

Sin tener algún otro asunto por desahogar, siendo las 11:50 horas, se da por concluida la presente sesión y válidos los acuerdos firmados.


Firmas:

  • Ing. Martín Ricardo Flores Moya (Presidente del Comité).
  • Lic. Eduardo Ramón Medrano Barraza (Por Tesorería).
  • Lic. César Homero Armendáriz Chávez (Regidor Hacienda).
  • Lic. María Teresa Triana Reyes (Por Asesoría Jurídica).
  • Lic. Manuel Antonio Hernández González (Secretario Técnico).