Dictamen para realizar contratos abiertos con proveedores y prestadores de servicios
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Dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del H. Ayuntamiento de Hidalgo del Parral
En la ciudad de Hgo. del Parral, Chih., siendo las 11:38 horas del día 16 de junio del 2025, se dio inicio a la sesión del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la administración 2024-2027 del municipio de Hidalgo del Parral, Chihuahua. La reunión se llevó a cabo en el salón de Miguel Hidalgo, ubicado en la parte alta del edificio de la presidencia municipal.
El Ing. Martín Ricardo Flores Moya, en su carácter de Oficial Mayor y Presidente del Comité, presidió la sesión.
Asistentes a la Sesión
En la sesión se encontraron presentes los siguientes ciudadanos:
- Ing. Martín Ricardo Flores Moya, Oficial Mayor y Presidente del Comité (con voz y voto).
- Lic. José Molina Barrón, Tesorero del Municipio (con voz y voto).
- Lic. Cesar Homero Armendáriz Chávez, Regidor de la Comisión de Hacienda (con voz y voto).
- Lic. Agustín González García, Titular del Órgano Interno de Control (con voz/sin voto).
- Lic. Gerardo Josué Rodríguez García, Asesor Jurídico (con voz/sin voto).
- Lic. Manuel Antonio Hernández González, Secretario Técnico (con voz/sin voto).
- Lic. Mónica Isabel Pasillas Sánchez, en representación de la Lic. Dalila Cliceria Villalobos Villalobos, Síndica Municipal (con voz/sin voto).
Acuerdo de la Sesión
El Oficial Mayor presentó la propuesta para realizar contratos abiertos con proveedores y prestadores de servicios para el periodo del 16 de junio del 2025 al 31 de diciembre del 2025.
Por unanimidad, los integrantes del comité con derecho a voz y voto acordaron autorizar la celebración de dichos contratos abiertos. La condición es que los montos por los bienes o servicios no excedan el límite para contratar mediante adjudicación directa, en apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Chihuahua.
Proveedores y Prestadores de Servicios Aprobados
- José Rafael Cordero Fierro (Refacciones, reparación mecánica, automóviles y camiones)
- Camila Díaz Palma (La Vinagreta, servicio de preparación de alimentos)
- Rafael Salvador Vázquez (Comercio al por menor de plantas)
- Joel González Paredes (Fabricación de estructuras metálicas)
- Anayancy de Santiago Muñoz (Industria de la impresión, grabados y productos similares)
- Abastecedora Comercial de Parral (Comercio al por mayor de abarrotes)
- Imaginación y Mass (Comercio de calzado)
- Adriana Ceniceros Becerra (Arrendamiento de sillas y mesas)
- Catalino Rivas Corral (Mano de obra y pintura)
- César Alfonso Moreno Baca (Banquetes)
- Omar Martha Herrera (Servicio de lavado, reparación y venta de refacciones)
- Samuel Morua Vargas (Reparación, venta de refacciones automotrices y maquinaria pesada)
- Reconstrucciones Elaisa
- Emilio Alcozer Vázquez (Papelería e insumos para oficina)
- Carlos Guerrero Lazcano Acosta (Estructuras, pailería y soldadura)
- César Alonso Ogaz Olivas (Publicidad)
- Miguel Antonio Nájera Escobar (Maquinaria y equipo para industria)
- Noel Alonso Amaya (Comercio al por mayor de material para la construcción)
- Flor Elizabeth Patiño Ávila (Publicidad impresa)
- Irma Alejandra Pérez Molina (Anuncios publicitaros)
- Jesús Eduardo Benítez Palma (Artículos de limpieza)
- Edgar Daniel González Domínguez (Publicidad impresa)
- Ricardo Gómez Robles (Imprenta)
Fundamento Legal
Artículo 74. Los entes públicos, bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través de invitación a cuando menos tres proveedores o de adjudicación directa, cuando el importe de la operación no exceda los siguientes montos: En adjudicaciones directas, el monto no podrá exceder la cantidad de treinta y seis veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización vigente por cuenta presupuestal, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
Artículo 83. Los entes públicos podrán celebrar contratos o pedidos abiertos conforme a lo siguiente: Se establecerá la cantidad mínima y máxima de bienes por adquirir o arrendar, o bien, el presupuesto mínimo y máximo que podrá ejercer en la adquisición o el arrendamiento. En el caso de servicios, se establecerá el plazo mínimo y máximo para la prestación, o bien, el presupuesto mínimo y máximo que podrá ejercerse. La cantidad, presupuesto o plazo mínimo no podrá ser inferior al cuarenta por ciento de la cantidad, presupuesto o plazo máximo. Los entes públicos podrán celebrar contratos abiertos cuando cuenten con la autorización presupuestaria para cubrir el monto máximo del contrato o pedido.
Conclusión de la Sesión
Sin tener algún otro asunto por desahogar, siendo las 12:00 horas, se dio por concluida la sesión y válidos los acuerdos que se tomaron en la misma, levantándose el acta que fue firmada por todos los que intervinieron.
Firmas del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del H. Ayuntamiento de Hidalgo del Parral.



