Dictamen para la compra de dos vehículos eléctricos para tesorería.
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- Panda Motriz S.A de C.V. (JAC) con un costo por unidad $ 515,000.00 (quinientos quince mil pesos 00/100 m.n.) con iva incluido, dando un costo total de las dos unidades de $1,030,000.00 (un millón treinta mil pesos 00/100 m.n.) con iva incluido.
- Evolución Motriz S.A. de C.V. (BYD)) con un costo por unidad de $ 415,800.00 (cuatrocientos quince mil ochocientos pesos 00/100 m.n.) con iva incluido, dando un costo total de las dos unidades de $831,600.00 (ochocientos treinta y un mil seiscientos pesos 00/100 m.n.) con iva incluido, brindando un bono de descuento de $12,471.00 (doce mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos 00/100 m.n.) por cada unidad, dando un costo total de las dos unidades de $ 806,652.00 (ochocientos seis mil seiscientos cincuenta y dos pesos 00/100 m.n.) con iva incluido.
- Autos Juventud de Chihuahua S.A. de C.V. (MG MOTORS) con un costo por unidad de $474,900.00 (cuatrocientos setenta y cuatro mil novecientos pesos 00/100 m.n.) con iva incluido dando un costo total de las dos unidades de $949,800.00 (novecientos cuarenta y nueve mil ochocientos pesos 00/100 m.n.) con iva incluido.
El procedimiento de la contratación es mediante adjudicación directa de acuerdo al artículo 74 fracción i de la ley de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios del estado de Chihuahua.
Pronunciamiento de fallo, el comité acuerda por unanimidad la adquisición de dos vehículos sedan, para la tesorería, y solicita se realicen los procedimientos para la adquisición con la agencia Evolución Motriz SA de CV (BYD) por un costo de $ 806,652.00 (ochocientos seis mil seiscientos cincuenta y dos pesos 00/100 m.n.) con iva incluido por las dos unidades y en este instrumento se apega para realizar la contratación mediante adjudicación directa, de acuerdo al artículo 74 fracción i de la ley de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios del estado de Chihuahua, y que al calce dice:
Artículo 74. los entes públicos, bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través de invitación a cuando menos tres proveedores o de adjudicación directa, cuando el importe de la operación no exceda los siguientes montos:
I. en adjudicaciones directas, el monto no podrá exceder la cantidad de treinta y seis veces el valor anual de la unidad de medida y actualización vigente por cuenta presupuestal, sin incluir el impuesto al valor agregado.
Sin tener algún otro asunto por desahogar, siendo las 10:40 horas, se da por concluida la presente sesión y validos los acuerdos que se tomaron en la misma, levantándose la presente acta, que se firma por todos los que intervinieron en la misma y quisieron hacerlo.
Comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios del H. Ayuntamiento de Hidalgo del Parral
Ing. Martín Ricardo Flores Moya. Oficial Mayor / Presidente
Lic. Jose Molina Barron. Tesorero Municipal / Vocal
Área Requirente
Lic. Cesar Homero Armendáriz Chávez. Regidor de la Comisión de Hacienda / Vocal
Lic. Agustin González García. Titular de Órgano Interno de Control
Lic. Gerardo Josue Rodriguez Molina. Asesor Juridico
Lic. Manuel Antonio Hernández González. Secretario Técnico

